Noticias: Bukele: cuarentena domiciliar obligatoria y penalización para quienes no la cumplan

El mandatario advirtió que quienes no acaten la medida, serán arrestados y llevados a un centro de contención.

El presidente de la República Nayib Bukele anunció cuarentena domiciliar por 30 días en el país, como medida de prevención para evitar el contagio de COVID-19. Actualmente se han confirmado tres casos en el territorio nacional.

«Desde esta noche, a partir de hoy hemos decidido decretar una cuarentena domiciliar completa por 30 días, nadie podrá salir de su casa durante 30 días desde esta noche», dijo Bukele en cadena nacional.

Las medidas que se anunciaron y que todo salvadoreño deberá cumplir son:
  • Una persona por familia podrá salir de casa para abastecerse de alimentos e insumos farmacéuticos.
  • Personal de salud, público y privado, debidamente identificado.
  • Empleados de farmacias, supermercados y bancos con su identificación.
  • También podrán salir «las personas que van a seguir trabajando para que El Salvador siga vivo».
  • El transporte público seguirá funcionando, pero advirtió que no podrán ir llenos.
  • Los trabajadores de restaurantes para que sirvan en ‘delivery’, así como los distribuidores de alimento como Uber Eats, Hugo, etc.

  • Medios de comunicación, debidamente identificados.
  • Empleados de la administración pública: policías, militares, bomberos, empleados del MOP que trabajan en la construcción del hospital de Cifco, migración, Dirección Nacional de Medicamentos, ISNA, CONNA, Aduanas, Cruz Roja.
  • Personal de la Corte Suprema de Justicia y Medicina Legal, que sean exclusivamente necesarios, además de los diputados de la Asamblea Legislativa.
  • También, las empresas que producen papel higiénico, y desinfectantes.
  • Personas que cuiden a niños, adultos mayores, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables por enfermedades crónicas que deban desplazarse a un lugar por emergencia o atención médica periódica, inclusive estas personas si tuvieren que desplazarse a un centro hospitalario o clínica.
  • Personas que por causa de fuerza mayor o caso fortuito o situación de necesidad comprobada deben recurrir a lugares específicos a solventar dichas causas, según el decreto.

  • Personas que laboran en vehículos de carga de transporte de mercadería y distribución de mercaderías y sean parte de la cadena de suministro alimentaria y de primera necesidad sus productos o cuya actividad sea la importación o exportación de mercadería.

¿Qué empresas pueden seguir trabajando?

  • Aquellas empresas que produzcan textiles, bienes y servicios necesarios para la emergencia como alimentos, productos de limpieza, papel higiénico, y toallas sanitarias.
  • Atención a líneas aéreas, servicios de electricidad, bancos y servicios médicos.
  • Empresas de seguridad, gasolinera, transporte, taxis, transporte de carga, medios de comunicación, servicio de agua potable pública y privada.

Advirtió que quienes no acaten la medida, serán arrestados y llevados a un centro de contención.

Fuente: Diario El Mundo




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